El Tribunal Supremo citó ayer a declarar en calidad de imputados por el caso ERE a los expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a los tres exconsejeros del Gobierno andaluz Gaspar Zarrías, Mar Moreno y José Antonio Viera. El instructor, Alberto Jorge Barreiro, no les atribuye de momento delito específico alguno. La instructora del caso en Sevilla, Mercedes Alaya, los acusa de prevaricación y malversación. Las comparecencias están previstas entre el 7 y el 21 de abril, después de las elecciones autonómicas.
Según destacan los diarios, Chaves y Griñán mantendrán de momento sus escaños. El portavoz del PSOE en el Congreso, Antonio Hernando, explicó que el código ético del partido contempla la expulsión de cargos públicos cuando se les abre juicio oral, tras una inculpación formal y la imputación de un delito concreto. Los periódicos recuerdan que tanto el líder del PSOE, Pedro Sánchez, como la presidenta de la Junta, Susana Díaz, aseguraron en su día que una imputación debería implicar la retirada del acta parlamentaria.
Manuel Chaves aseguró en el Congreso que «por tener que ir a declarar nada ha cambiado en absoluto». «No hay auto de imputación formal, no hay inculpación», señaló. Afirmó que tiene la «conciencia tranquila» y que no siente «vergüenza», ya que todo fue «escrupulosamente legal» durante su presidencia de la Junta. «Trataremos de aclarar la situación y espero que no tenga incidencia en las elecciones», manifestó, al tiempo que dijo sentirse «respaldado» tanto por el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, como por la presidenta andaluza, Susana Díaz y «por todo el partido».
Según las defensas de los cinco imputados, la providencia judicial notificada «no es un acto de imputación contra ellos, ni contiene ningún razonamiento que recoja indicio alguno de criminalidad» y recuerdan que «fueron los mismos aforados los que solicitaron por escrito comparecer para ser escuchados en declaración ante el Tribunal Supremo» y así «rodearse de las garantías procesales correspondientes. Sólo tras la declaración y la aportación de pruebas el Tribunal Supremo decidirá si archiva la causa o la mantiene abierta con un auto de inculpación formal, procesamiento o medida cautelar y se determinará la apertura de juicio oral. En entonces «cuando puede hablarse de que exista indicio de criminalidad, no antes».
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(Texto de elaboración propia realizado a partir del resumen de noticias de los servicios de prensa de Moncloa)