El pleno del Tribunal Constitucional suspendió ayer de forma cautelar la ley andaluza de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, más conocida como ‘ley antidesahucios’, al admitir a trámite un recurso contra la norma presentado por el Gobierno central.
Según precisan los diarios, la suspensión no supone pronunciamiento alguno sobre el contenido del recurso, el segundo presentado por el Gobierno tras el que tumbó el decreto-ley andaluz aprobado el 1 de octubre sobre el mismo asunto.El argumento del Ejecutivo es que existen dudas sobre la constitucionalidad de la definición que la Junta de Andalucía hace del contenido esencial del derecho de propiedad de la vivienda. Los apartados impugnados en el recurso que han sido suspendidos por el Constitucional son los relativos a «la declaración de interés social a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social», la definición de «viviendas deshabitadas» y la clasificación de «infracciones muy graves» para las entidades bancarias que no saquen estas viviendas al mercado del alquiler.
La Junta anunció que la consejería de Fomento y Vivienda, que dirige Elena Cortés, prepara el informe para pedir el levantamiento de la suspensión cautelar. Asimismo indicó que pedirá a los juzgados que no ejecuten desahucios hasta que el Alto Tribunal no tome una decisión en firme. Según Cortés, el recurso del Gobierno «provoca una desprotección máxima del derecho humano a la vivienda en Andalucía» y recordó que en Cataluña «opera una ley que permite sancionar a las viviendas deshabitadas y no pasa nada».
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(Texto de elaboración propia realizado a partir del resumen de noticias de los servicios de prensa de Moncloa)
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