8 consejos para reformar una vivienda sin sorpresas

/ 19 febrero 2014

Carlos Gómez, Director General de la empresa NVR, especializada en rehabilitación de edificios y eficiencia energética nos aconseja sobre cómo evitar disgustos y sorpresas a la hora de hacer una reforma en una vivienda.

Pese a la crisis que esta sufriendo el sector de la construcción desde finales del año 2006 cuando se construían más de 737.186 viviendas, frente a las  57.546  que se han declarado en el año 2012; existe un nicho de mercado dentro del sector que,  aunque también muy afectado, parece ser el único que, de momento,  mueve de forma escasa los  dramáticos números del sector.

Nos referimos concretamente  a las obras de rehabilitación y reforma tanto de viviendas particulares como de edificios completos.  Según el Instituto Nacional de Estadística, en el año 2012 se han solicitado 29.154 licencias de obra para rehabilitar edificios, más otras 7.456 de viviendas creadas mediante su rehabilitación, es decir que la obra de rehabilitación y/o reforma supone en el año 2012 el 38,88% de las licencias de obra solicitadas, frente al 7,86% del año 2006. Como podemos ver el crecimiento respecto de la obra nueva en los últimos 6 años ha sido de 30 puntos porcentuales.

Vistos los fríos datos, la realidad de las obras de rehabilitación y/o reforma es muy diferente de la de las grandes obras de construcción, ya que normalmente este tipo de obras se suele contratar a empresas de pequeña entidad o incluso autónomos, en el intento, la mayoría de las veces de abaratar su costo.

La importancia de  la figura del “promotor 

Antes de entrar en los consejos que todo aquel que quiera realizar una obra debe tener en cuenta, Carlos Gomez nos hace una breve referencia a la figura del promotor de las obras. La gran desconocida por todos aquellos que contratan una obra, sobre todo en lo relativo a las obligaciones e importantes responsabilidades que la Ley atribuye al promotor. Y es que que según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) se define al promotor como

«cualquier persona física o jurídica, pública o privada que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título».

 Y ello quiere decir, -comenta Carlos Gómez- que cualquiera de nosotros se convierte en promotor de obras desde el momento que inicia una actividad edificatoria sea cual sea. Teniendo en cuenta que  la construcción es una actividad catalogada como de alto  de riesgo de accidente tanto para el que la realiza como para los terceros que puedan verse afectados, la responsabilidad del promotor ante una empresa que no cumpla con las mínimas garantías,  puede abarcar tanto el ámbito administrativo  y civil, como el penal para el caso de accidentes graves o muy graves o incumplimientos graves de la normativa de la Seguridad Social, Hacienda y de Prevención de Riesgos Laborales

Un ejemplo del que existe considerable jurisprudencia es aquel en el que una  comunidad de propietarios,  contrata a una “empresa” para la realización de obras en el edificio, y se produce un accidente laboral  y la “empresa” no tiene asegurados a  los trabajadores. El resultado es que a tenor de los arts 1089 y   1902  del Código Civil la comunidad podrá ser declarada responsable civilmente (de manera subsidiaria) y, por tanto, condenada a pagar los daños sufridos por el trabajador..

Obras interminables y llenas de sorpresas

Por experiencia ajena ó propia,comenta Carlos Gómez, a nadie le resulta extraña esta frase  ¿QUIEN ME MANDARIA METERME EN OBRAS?  Sobre todo cuando se tuvo la tentación de atender solo al precio, sin considerar la profesionalidad, experiencia y valía del personal o empresa contratada……con el resultado de  unas obras que parecen nunca acabar, cuyo precio inicial nada tiene que ver con el que se termina  pagando, en las que el famoso ¡bueno YA QUE estamos! parece no tener fin, y en las que algunas cosas no acaban quedando como a la gente le  hubiera gustado.

8 Consejos para reformas de viviendas sin sorpresas

A la hora de realizar la contratación de una obra, se debe  tener presente la toma de una serie de precauciones para después evitar los posibles sustos y sorpresas desagradables a los que se hacía mención.

Por ello,  de una forma breve y sencilla, Carlos Gómez, Director General de NVR, nos indica algunas de las consideraciones que se deben  tener en cuenta antes de contratar cualquier tipo de obra:

  1. Exija un presupuesto “siempre por escrito”,  en el que se detallen claramente las partidas y conceptos de obra, su precio unitario y el precio total de los trabajos.
  2. El presupuesto debe indicar si lleva incluido el correspondiente concepto de IVA. De no tener mención, debemos considerar siempre que el IVA no está incluido.
  3. Obligue a que cualquier acuerdo verbal, previo o durante las obras, quede reflejado por escrito en un anexo al presupuesto.
  4. No entregue cantidades a cuenta bajo ningún concepto: abone cantidades siempre sobre obra ejecutada.
  5. Recoja las obligaciones de las partes en un contrato de obra, en el que se refleje claramente la identidad de la empresa, su domicilio y datos registrales y, entre otras cuestiones:  el precio,  la duración y la garantía de los trabajos, así como  la posible penalización por retraso en la entrega de los mismos.
  6. Exija de la empresa o del autónomo con el que vaya a contratar, la siguiente documentación en regla:
      •  CIF en vigor y alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
      • Acreditación de nº REA (Registro de Empresas Autorizadas)
      • Justificante de estar al  corriente de pagos a la Seguridad Social y Hacienda.
      • Contrato de trabajo y Tcs de los trabajadores de la obra.
      • Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros.
      • Contratación de servicio de prevención de riesgos laborales.
      • Evaluación o adhesión al plan de riesgos laborales (según la obra)
  1. Pida siempre varios presupuestos para poder comparar y, si puede, cuente con el asesoramiento de un técnico de la edificación o de un arquitecto. Al principio, le resultará más caro, pero acabará ahorrando tiempo y dinero.
  1. Y sobre todo, NUNCA CONTRATE  con “empresas” que:

-No le den un presupuesto claro y por escrito.

-Le den largas a la hora de entregarle la documentación.

-Le pidan dinero por anticipado.

-Trabajen sin el correspondiente permiso o licencia de obra.

-Sean manifiestamente más baratas que el resto de empresas.

-Dejen precios abiertos y unidades de obra por definir.

-No sean claras a la hora de fijar el plazo y duración de los trabajos.

Tomar todas estas precauciones no va a garantizar el éxito de la obra, pero si reducirá el riesgo de tener que exclamar……………. ¡Quien me mandaría meterme en obras!

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