Gran hermano económico: el Gobierno controlará los datos bancarios de todos los españoles

/ 11 mayo 2014

El Gobierno contará con un fichero con más de 34 millones de cuentas corrientes y de ahorro, activos y depósitos bancarios, que podrá ser consultado por jueces, fiscales, policías y miembros del Centro Nacional de Inteligencia, para combatir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo.

Trabajando ordenador (Foto Catalunya Banc)Según informa EL PAÍS, se trata de un archivo en el que se recogerá, por primera vez, la actividad financiera de todos los españoles y residentes. Los bancos estarán obligados a descargar en ese fichero todas sus cuentas corrientes, de ahorro, valores y depósitos a plazo con sus respectivos titulares tanto físicos como jurídicos. La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa será la responsable de este fichero de carácter administrativo, que no incluirá las cuentas y depósitos de sucursales o filiales de los bancos españoles en el extranjero.

El secretario de Estado de Economía, tras recabar un informe previo de la Agencia Española de Protección de Datos, determinará los requisitos mínimos que se exigirán a las solicitudes de información. El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias podrá consultar el fichero en el ejercicio de sus funciones. El reglamento para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo establece que las peticiones de consulta del Fichero de Titularidad Financieras deberán identificar a los titulares de las cuentas sobre las que se requiere información. Eduardo Torres Dulce, fiscal General del Estado, designará al fiscal encargado de velar por «el uso adecuado» de este archivo.

Los clientes no residentes en España, sociedades con estructuras demasiado complejas o poco transparentes o las sociedades de mera tenencia de activos se consideran de un riesgo superior. Una cuenta que reciba ingresos, sin causa justificada, por un elevado número de personas se define como «sospechosa». Todas las operaciones superiores a los 30.000 euros o su contravalor en moneda extranjera deberán comunicarlas los bancos mensualmente al Servicio Ejecutivo de la Comisión. Los sujetos obligados cuyo volumen de negocio anual exceda de 50 millones de euros anuales contarán con una unidad técnica para el tratamiento y análisis de la información, así como personal especializado y con dedicación exclusiva. Ninguno de ellos podrá tener antecedentes penales.

EL PAÍS 1, 12, 13

 


(Texto de elaboración propia realizado a partir del resumen de noticias de los servicios de prensa de Moncloa)

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