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La malformación, pero no la grave enfermedad del feto, será una excepción para abortar
La Nube / 23 junio 2014El Ministerio de Justicia ha decidido modificar el anteproyecto de ley del aborto para incluir la malformación del feto como motivo legal para que las mujeres puedan interrumpir su embarazo.
Así lo destaca EL PAÍS en su portada, que adelanta que el anteproyecto de ley, que previsiblemente será aprobado por el Gobierno en julio, no creará un supuesto específico sobre la malformación, sino que será contemplada a través de una compleja fórmula jurídica que permitiría abortar a la mujer embarazada con un feto con anomalías alegando que está expuesta a sufrir un daño psicológico. Bajo este enunciado, únicamente deberá probarse la malformación, pero no el daño psíquico, que se supondrá.
La exclusión de la malformación fetal del anteproyecto de la ley del aborto había desencadenado las críticas de la oposición y cierta discrepancia interna en las filas del PP. Según EL PAÍS, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha esperado a recibir los informes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal, y al final ha asumido algunas de las sugerencias de estos organismos.
Principalmente, la de renunciar a su intención inicial de eliminar por completo el supuesto de malformación fetal. La modificación que prepara el Gobierno, aunque suaviza el texto original en uno de sus aspectos más duros, sigue siendo más restrictiva que la legislación sobre el aborto de 1985, ya que el procedimiento previsto contempla una serie de condiciones que lo hacen más largo y farragoso para la embarazada.
EL PAÍS 1, 10, 11
(Texto de elaboración propia realizado a partir del resumen de noticias de los servicios de prensa de Moncloa)













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