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¿Todavía estoy a tiempo de recuperar los gastos de la hipoteca?
La Nube / 4 noviembre 2021Si firmaste tu hipoteca antes de 2019 es muy probable que en el momento de formalizar la operación, el banco te pidiera pagar buena parte de los costes que tuvieron que abonarse en concepto de registro de la propiedad, gestoría, tasación y notaría.
Hace apenas unos días, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha emitido un comunicado asegurando que los usuarios que ya han reclamado la devolución de los gastos de formalización de hipotecas están recuperando una media de 1.000 euros, entre gastos e intereses. De ahí que estén animando a todos los afectados a declarar.
Pero, ¿es que se puede reclamar? ¿Todavía estoy a tiempo de hacerlo? La respuesta es sí y desde pisos.com te contaremos cómo hacerlo.
Una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ampara a los afectados
El Tribunal Supremo ya había dictado sentencia en nuestro país, pero es que a finales de septiembre fue el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que dictaminó que las entidades bancarias que obligaron a sus clientes a pagar los gastos de formalización de hipotecas cometieron un abuso y, por tanto, una vez declarada abusiva esta práctica, buena parte de los gastos pagados tienen que ser devueltos a los usuarios.
Ahí entrarían todas aquellas personas que firmaron una hipoteca antes del 16 de junio de 2019, fecha en la que entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. En esta se estipula que el consumidor solo tiene que hacerse cargo de los gastos de tasación del inmueble y de las copias de la escritura, si se solicitaran. Por tanto, ¿qué pueden hacer aquellos que hubieran asumido los gastos de su hipoteca?
En primer lugar, reclamar a la entidad bancaria por la vía extrajudicial. Según la sentencia, se pueden reclamar la totalidad de los gastos pagados por el registro de la propiedad, gestoría y tasación, además de la mitad de los gastos notariales.
Lo primero, realizar la solicitud al banco
Es posible que antes de tener que ir a juicio, algunas entidades financieras quieran responder con la devolución de esos importes o llegar a un acuerdo con su cliente. En ambos casos, es imprescindible presentar una carta solicitando el dinero pagado indebidamente. La OCU pone a disposición de todos los usuarios un modelo de carta, aunque en redes hay muchos otros, proporcionados por despachos jurídicos.
En esta será imprescindible que indicar el número de préstamo hipotecario y tener a mano los documentos que justifiquen los importes abonados, para adjuntar una copia de los mismos:
- Factura de la Notaría
- Factura del Registro de la Propiedad
- Factura de la gestoría
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
La entidad bancaria debería responder formalmente en un período máximo de dos meses, pero cabe la posibilidad de que se niegue a la devolución, que no diga nada o que quiera llegar a un acuerdo. Si sucede esto último, hay que asegurarse de contar con un buen asesor legal que indique si la propuesta de acuerdo es o no es la más adecuada. Hay que estar muy atentos a lo que aceptamos y firmamos.
Iniciar el camino de la vía judicial
Tal como informa la OCU, el 100 % de las solicitudes que están llevando a los tribunales terminan en sentencias favorables para los usuarios, que consiguen recuperar los gastos hipotecarios que pagaron en su día y que no debieron asumir en ningún caso.
Si la entidad bancaria no responde positivamente a la reclamación, no quedará más remedio que iniciar el camino de la vía judicial. Según esta organización, “es la única vía efectiva”. De hecho, como decíamos al principio, están consiguiendo recuperar una media de 1.000 euros por hipoteca, que sería la suma de la devolución de gastos más los intereses.
En estos casos y tras reunir la información anteriormente citada, conviene ponerse en manos de un abogado o un equipo de personas con conocimientos jurídicos que puedan defender nuestro caso. Organizaciones como la OCU o grandes bufetes jurídicos están emprendiendo campañas masivas para ayudar a los consumidores.
Este es, además, un momento idóneo para hacerlo. No hay que perder de vista que el plazo para solicitar la devolución de los gastos hipotecarios a la entidad bancaria vence después de diez años, a contar desde el último recibo vinculado a la hipoteca que se haya abonado, aunque esta ya se hubiera cancelado (sea por la razón que sea).
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